miércoles, 8 de mayo de 2013

Mal día para defender que todos somos iguales ante la ley

Antonio Casado
AL GRANO
EL CONFIDENCIAL.COM
La agotadora lectura del auto emitido ayer por el Juzgado de la Audiencia Provincial de Palma no nos saca de dudas sobre el nivel de conocimiento, o de cooperación en su caso, que la infanta Cristina tenía respecto a las actividades presuntamente delictivas de su marido. No hubo unanimidad en el tribunal que ha decidido suspender la imputación de la esposa de Urdangarin. Uno de los tres magistrados discrepa. Y la reacción de la opinión pública es inequívoca. Véase la encuesta de El Confidencial que anoche, a la hora de escribir este comentario, arrojaba un 90% de respuestas afirmativas a la pregunta: “¿Cree que la desimputación de la infanta perjudica la imagen de la Corona?”.

Hagamos memoria. El auto de la Audiencia Provincial conocido ayer, por el que queda sin efecto la citación de la hija del Rey para declarar como imputada, viene a dar la razón a la Fiscalía que, en contra de su ordinario papel acusador, se pasó al bando de la defensa y recurrió la imputación de doña Cristina. Dicha imputación la había decretado el juez instructor, José Castro, a primeros de abril. Y no por haber apreciado uno, dos, o tres indicios de criminalidad, sino catorce.

Nada menos que catorce indicios de que la hija de don Juan Carlos pudo participar en calidad de cómplice o cooperadora de los negocios de su marido, junto al que formaba parte de la dirección del dichoso Instituto Nóos y con el que compartía la propiedad de Aizoon, que es a donde iban a parar los dineros públicos irregularmente obtenidos de ciertas Administraciones autonómicas y municipales. ¿Ninguno de los catorce indicios ha servido siquiera para mantener abierto el proceso indagatorio respecto a la presunta responsabilidad de la Infanta?
Parece que no, a expensas de lo que puedan deparar los datos requeridos a la Agencia Tributaria en relación con posibles delitos contra la Hacienda Pública y/o de blanqueo de capitales. Según el auto de la Audiencia Provincial de Palma, la conducta de la Infanta no está bien descrita a efectos de su posible encaje en algún tipo penal. ¿Tan mal se explica un juez con casi cuarenta años de ejercicio profesional que ha obligado al tribunal a descifrar el pensamiento del juez Castro, según se lee en el farragoso auto de ayer?

En resumen, que la Audiencia Provincial de Palma (dos a uno) sostiene, como la “acusación” pública (el fiscal) y la defensa de la hija del Rey (Miguel Roca), que no hay indicios racionales de criminalidad que permitan sostener las imputaciones del juez del caso porque “lo relevante es que la infanta Cristina no participaba ni directa ni indirectamente en la toma de decisiones”. ¿Y cómo es posible que el fallo a un recurso, como es el caso, aventure sin más semejante conclusión? La misma perplejidad produce otro pasaje del auto en el que se asegura que “la infanta Cristina actuó confiada en la creencia de que lo que hacía su marido era correcto”.

Aunque se trata del fallo por un recurso de apelación, parece una sentencia cuando la instrucción ni siquiera está cerrada. Conviene recordar que la citación del juez Castro a doña Cristina en calidad de imputada no era un auto de procesamiento. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Palma nos lo ha hecho creer, a juzgar por esos cincuenta folios que parecen escritos por el abogado defensor de la esposa de Iñaki Urdangarin. Un mal día para convencer a los españoles de que en este país nuestro va en serio el principio de igualdad ante la ley. Dicho sea con todos los respetos a las decisiones judiciales que, naturalmente, nos obligan a todos.

No hay comentarios: